{"id":207929,"date":"2015-12-30T17:29:01","date_gmt":"2015-12-30T19:29:01","guid":{"rendered":"http:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/?p=207929"},"modified":"2015-12-30T17:29:01","modified_gmt":"2015-12-30T19:29:01","slug":"privilegios-ancestrales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/privilegios-ancestrales\/","title":{"rendered":"Privilegios ancestrales"},"content":{"rendered":"<div id=\"attachment_207932\" style=\"max-width: 300px\" class=\"wp-caption alignright\"><a href=\"http:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/justi\u00e7aColonial_fundo_234-e1451503537225.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-207932\" src=\"http:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/justi\u00e7aColonial_fundo_234-e1451503537225-300x230.jpg\" alt=\"Caricatura de Manuel de Ara\u00fajo Porto-Alegre que satirizaba las relaciones corruptas en la Colonia en el siglo XIX\" width=\"290\" height=\"222\" \/><p class=\"wp-caption-text\"><span class=\"media-credits-inline\">Archivo Fundaci\u00f3n Biblioteca Nacional<\/span><\/a> Caricatura de Manuel de Ara\u00fajo Porto-Alegre que satirizaba las relaciones corruptas en la Colonia en el siglo XIX<span class=\"media-credits\">Archivo Fundaci\u00f3n Biblioteca Nacional<\/span><\/p><\/div>\n<p>La reconstituci\u00f3n del funcionamiento de la Justicia en el Brasil colonial implica al mismo tiempo el mapeo de las estructuras de poder de dicho per\u00edodo, el reconocimiento de ciertas malas costumbres arraigadas y la observaci\u00f3n de c\u00f3mo se fue formando de una elite que se mantendr\u00eda dominante hasta las primeras d\u00e9cadas del siglo XX. Este recorte es lo que define al libro\u00a0<em>Direito e justi\u00e7a em terras d\u2019El Rei na S\u00e3o Paulo colonial 1709-1822<\/em>, de Adelto Gon\u00e7alves, publicado en julio por la Prensa Oficial de la Gobernaci\u00f3n del Estado de S\u00e3o Paulo. Uno de los objetivos primordiales de Gon\u00e7alves, quien procur\u00f3 seguir una tendencia reciente de la historiograf\u00eda brasile\u00f1a, \u201cque apunta a privilegiar las investigaciones sobre las formas de gobernar\u201d, consisti\u00f3 en verificar y describir las incumbencias de los miembros de una red de poder que ocupaba los cargos de oidores, los llamados jueces de fuera, proveedores, corregidores y jueces comunes.<\/p>\n<p>As\u00ed y todo, el autor no es del \u00e1rea de historia, y adquiri\u00f3 familiaridad con el per\u00edodo que estudi\u00f3 por la puerta de la literatura. Periodista jubilado, Gon\u00e7alves es doctor en Letras \u2013 Literatura Portuguesa por la Universidad de S\u00e3o Paulo (USP), y hasta 2014 fue docente de lengua portuguesa en la carrera de derecho de Universidade Paulista (Unip), de la ciudad de Santos, instituci\u00f3n que financi\u00f3 su investigaci\u00f3n sobre la Justicia colonial en S\u00e3o Paulo. Su inter\u00e9s en el tema despert\u00f3 en el marco de sus investigaciones doctorales sobre el poeta e inconfidente de Minas Gerais Tom\u00e1s Ant\u00f4nio Gonzaga (1744-1810), y posdoctorales, sobre el poeta portugu\u00e9s Manuel Maria de Barbosa du Bocage (1765-1805), realizada en este caso con el apoyo de la FAPESP. Gonzaga fue oidor en Vila Rica, y el padre de Bocage hizo carrera en la Justicia de Portugal hasta que lo acusaron por desv\u00edos y cay\u00f3 en desgracia pol\u00edtica. Sus investigaciones en el Archivo Hist\u00f3rico Ultramarino y en el Archivo Nacional de Torre do Tombo, en Lisboa \u2013complementadas en la colecci\u00f3n del Archivo del Estado de S\u00e3o Paulo\u2013, le permitieron establecer las atribuciones de los altos funcionarios del estado, empezando por la lista completa de gobernadores y capitanes generales (cargos concomitantes) durante el per\u00edodo estudiado, corrigiendo as\u00ed errores de listas anteriores.<\/p>\n<p>\u201cFui mapeando la nobleza de la tierra, las gente que mandaba y recurr\u00eda a la Justicia para conseguir privilegios, tales como cargos y t\u00edtulos\u201d, dice el investigador. Eran los llamados \u201chombres buenos\u201d, \u201cque usufructuaban tanto como pod\u00edan sus relaciones con los representantes del poder\u201d. De esa casta sal\u00edan los camaristas, concejales o ediles \u2013miembros de los concejos deliberantes o c\u00e1maras municipales\u2013, quienes hasta finales del siglo XVII acumulaban funciones administrativas junto al ejercicio de la Justicia com\u00fan. En general las villas, tanto en Portugal como en las colonias, manten\u00edan tan s\u00f3lo un juez com\u00fan y un juez de hu\u00e9rfanos. En Brasil los casos criminales quedaban a cargo de los primeros, los cuales, para juzgarlos, se basaban \u00fanicamente en los usos y costumbres. Muchas veces las c\u00e1maras ni siquiera ten\u00edan una sede apropiada. \u201cLos juicios se concretaban debajo de \u00e1rboles, y estaban a cargo de autoridades que no ten\u00edan formaci\u00f3n en derecho ni a qui\u00e9n recurrir, porque raramente hab\u00eda alguien graduado en leyes en las colonias\u201d, dice Gon\u00e7alves. Esas autoridades eran llamadas de \u201cjueces ped\u00e1neos\u201d porque juzgaban parados.<\/p>\n<p>En esa \u00e9poca ya exist\u00eda la figura del oidor general, creada por un reglamento de 1628, que revocaba la atribuci\u00f3n concedida a los titulares de las capitan\u00edas hereditarias (capitanes donatarios) de hacer justicia en las tierras bajo su dominio. Sin embargo, el env\u00edo regular de oidores y jueces de fuera desde Portugal reci\u00e9n comenz\u00f3 en el siglo XVIII. \u201cPor primera vez eran expertos en derecho provenientes de la Universidad de Coimbra, y ten\u00edan la misi\u00f3n de disciplinar y uniformar la ejecuci\u00f3n de Justicia\u201d, dice Gon\u00e7alves. Como medida moralizante, los oidores no pod\u00edan casarse con mujeres residentes en Brasil sin autorizaci\u00f3n de la Corona, para no involucrarse con las familias poderosas y sus intereses econ\u00f3micos. \u201cPero, aun as\u00ed, terminaban involucr\u00e1ndose\u201d, dice el investigador. \u201cCon el tiempo, las familias pudientes empezaron a mandar a sus hijos a estudiar a Coimbra, y regresaban aptos como para ocupar los cargos de jueces de fuera.\u201d<\/p>\n<p>En la pr\u00e1ctica, s\u00f3lo los pobres eran condenados por la Justicia colonial. De acuerdo con un reglamento de 1669, el oidor ten\u00eda autoridad para ejecutar la pena de muerte sin apelaci\u00f3n en casos de cr\u00edmenes cometidos por esclavos e indios. Pero si un juez o un oidor pretendieran castigar a un gran terrateniente, corr\u00edan riesgos. \u201cLos que gozaban de prestigio o hab\u00edan prestado favores a la Corona eran intocables.\u201d<\/p>\n<p>El oidor no pod\u00eda ser detenido o suspendido por ninguna autoridad local, ni siquiera por el capit\u00e1n general. Sus decisiones no se basaban propiamente en leyes formales. Solamente con el\u00a0<em>Regimento dos ouvidores-gerais do Rio de Janeiro<\/em>, de 1669, y el\u00a0<em>Regimento dos ouvidores de S\u00e3o Paulo<\/em>, de 1770, surgieron referencias expl\u00edcitas para la aplicaci\u00f3n general de principios. Fue tambi\u00e9n con esos decretos que los oidores generales pasaron a ostentar el cargo civil m\u00e1s alto de las posesiones portuguesas de ultramar. Las apelaciones ten\u00edan dos instancias: el Tribunal de Relaci\u00f3n de Bah\u00eda y la Casa de la Suplicaci\u00f3n, con sede en Lisboa, pero raramente los procesos superaban la primera instancia.<\/p>\n<p>Los oidores ten\u00edan un enorme poder econ\u00f3mico en sus manos, toda vez que compet\u00eda a ellos la fiscalizaci\u00f3n de la recaudaci\u00f3n de tributos y de otras fuentes de ingresos. Desde el siglo anterior, la mayor parte de las rentas de Portugal proven\u00edan de las colonias o de las aduanas. Tambi\u00e9n cab\u00eda a los oidores fiscalizar los gastos y la actuaci\u00f3n de ediles y jueces comunes, aunque no pod\u00edan inmiscuirse en las funciones de los Concejos: a esa altura, las atribuciones aut\u00f3nomas de \u00e9stos hab\u00edan quedado reducidas a la ejecuci\u00f3n de peque\u00f1as obras. El poder de los Concejos, ocupados por hijos y nietos de las primeras elites, se mantuvo de manera m\u00e1s o menos simb\u00f3lica. \u201cEstaban ocupados por aquellos potentados que d\u00e9cadas despu\u00e9s ser\u00edan llamados \u2018coroneles\u2019\u201d, dice Gon\u00e7alves.<\/p>\n<p>El poder en manos de los prepuestos de la Corona era tal que, para obtener y mantener privilegios y recursos indebidos, jugaban con la posibilidad de estimular la secesi\u00f3n de la Colonia. \u201cPortugal era en rigor un pa\u00eds pobre en esa \u00e9poca\u201d, dice Gon\u00e7alves. \u201cNo contaba con un Ej\u00e9rcito ni con otros medios con los cuales pudiese sofocar rebeliones por la fuerza\u201d. Fue as\u00ed como proliferaron las figuras de los \u201cgruesos deudores\u201d, autoridades locales que desviaban tributos hasta que la Corona, para recuperar esa \u201cdeuda\u201d, acordaba un resarcimiento parcial. Seg\u00fan Gon\u00e7alves, \u201cla cuesti\u00f3n fundamental resid\u00eda en la propia fragilidad del reino, el cual, para sobrevivir, siempre permit\u00eda brechas para practicar acciones bajo la protecci\u00f3n del propio Estado\u201d.<\/p>\n<p>La propia narrativa hist\u00f3rica dominante hasta hace pocas d\u00e9cadas contiene se\u00f1ales de este modelo, mientras que los terratenientes ricos \u2013y, hasta cierto punto, aliados de la Corona\u2013 fueron tenidos como adelantados, los labradores que ocupasen tierras eran \u201cinvasores\u201d o \u201cintrusos\u201d. \u201cTal como muestran los documentos, los jueces casi siempre se valieron del derecho para interpretar cartas de donaci\u00f3n, revocaci\u00f3n de sexmos, sucesiones y desmembramientos de tierras de acuerdo con los intereses de los poderosos locales\u201d, dice el investigador.<\/p>\n<div id=\"attachment_207931\" style=\"max-width: 300px\" class=\"wp-caption alignleft\"><a href=\"http:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/justica-colonial_DSC00208.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"wp-image-207931\" src=\"http:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/wp-content\/uploads\/2015\/12\/justica-colonial_DSC00208-768x1024.jpg\" alt=\"Reproducciones de documentos referentes a procesos de  hechicer\u00eda que est\u00e1n transcribi\u00e9ndose y estudi\u00e1ndose en la USP\" width=\"290\" height=\"387\" \/><p class=\"wp-caption-text\"><span class=\"media-credits-inline\">Reproducci\u00f3n<\/span><\/a> Reproducciones de documentos referentes a procesos de<br \/> hechicer\u00eda que est\u00e1n transcribi\u00e9ndose y estudi\u00e1ndose en la USP<span class=\"media-credits\">Reproducci\u00f3n<\/span><\/p><\/div>\n<p><strong>La justicia eclesi\u00e1stica<br \/>\n<\/strong>Otro aspecto de la Justicia de S\u00e3o Paulo en el mismo per\u00edodo hist\u00f3rico es el tema de un proyecto de investigaci\u00f3n en marcha en el Departamento de Letras Cl\u00e1sicas y Vern\u00e1culas de la Facultad de Filosof\u00eda, Letras y Ciencias Humanas (FFLCH) de la USP. Un grupo de investigadores coordinado por el profesor Marcelo M\u00f3dolo analiza documentos que registran procesos relativos a la presunta pr\u00e1ctica de la hechicer\u00eda. La investigaci\u00f3n intitulada\u00a0<em>Brujas paulistas: edici\u00f3n filol\u00f3gica de documentaci\u00f3n sobre hechicer\u00eda<\/em>, consiste en el estudio y la transcripci\u00f3n de los 12 procesos de este tipo instaurados entre 1739 y 1771 por la Justicia eclesi\u00e1stica, un brazo del Tribunal del Santo Oficio (la Inquisici\u00f3n) en Brasil, depositados en el Archivo de la Curia Metropolitana de S\u00e3o Paulo.<\/p>\n<p>La Justicia eclesi\u00e1stica actuaba en simult\u00e1neo con la Justicia com\u00fan, la cual, no obstante, acataba las decisiones de la primera, toda vez que el Estado asum\u00eda como suya la fe cat\u00f3lica. Los fiscales y los jueces eclesi\u00e1sticos eran miembros de la Iglesia que evaluaban denuncias, proced\u00edan a las investigaciones y dictaban sentencia. La ejecuci\u00f3n le compet\u00eda a la Justicia com\u00fan. \u201cEran procedimientos parecidos con las actuales averiguaciones policiales\u201d, \u00a0explica la doctoranda en Letras Nathalia Reis Fernandes, graduada en Letras y Derecho e integrante del grupo de investigaci\u00f3n. Entre las penas posibles estaban la muerte y la p\u00e9rdida de bienes. En tales casos, el proceso se enviaba a la sede del Tribunal del Santo Oficio en Portugal. Esto fue lo que sucedi\u00f3 con dos de los casos estudiados, pero no es posible \u2013de acuerdo con la documentaci\u00f3n accesible en Brasil\u2013 saber si resultaron en ejecuciones.<\/p>\n<p>Los reos eran casi siempre negros y muchas de las acusaciones estaban vinculadas con pr\u00e1cticas de las religiones de origen africano. Hay desde procesos supuestamente relacionados con muertes, como la de la esclava P\u00e1scoa, acusada de \u201cuso de magia\u201d para causar al menos cuatro muertes en una misma familia, hasta casos banales, como el del esclavo Pascoal Jos\u00e9 de Moura (uno de los pocos acusados identificados con su nombre y su apellido en los documentos), procesado por confeccionar amuletos. \u201cEst\u00e1 tambi\u00e9n el caso de un grupo de hombres negros que cayeron presos por participar en un batuqueo en el que hab\u00eda una cabra y un caparaz\u00f3n de tortuga\u201d, comenta M\u00f3dolo.<\/p>\n<p>El estudio coordinado por M\u00f3dolo se encuentra en la etapa del estudio filol\u00f3gico y ling\u00fc\u00edstico, empezando por la transcripci\u00f3n \u201csemidiplom\u00e1tica\u201d de los documentos, aqu\u00e9lla que apunta a mantener la ortograf\u00eda y la sintaxis original. El trabajo se ve dificultado por lagunas causadas por el deterioro del material, la caligraf\u00eda particularmente complicada y una ortograf\u00eda desafiante, en una \u00e9poca en la cual las personas letradas eran minor\u00eda y no exist\u00eda una estandarizaci\u00f3n r\u00edgida de la lengua escrita. Una segunda fase apuntar\u00e1 a los reflejos historiogr\u00e1ficos de los procesos que se relatan en los documentos.<\/p>\n<p><em>Libro<\/em><br \/>\nGON\u00c7ALVES, Adelto.<strong> Direito e Justi\u00e7a en terras d\u2019El Rei na S\u00e3o Paulo colonial 1709-1822.<\/strong> Prensa Oficial. S\u00e3o Paulo, 2015<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Un libro describe las ra\u00edces de los abusos p\u00fablicos en Brasil","protected":false},"author":38,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_exactmetrics_skip_tracking":false,"_exactmetrics_sitenote_active":false,"_exactmetrics_sitenote_note":"","_exactmetrics_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[187],"tags":[310],"coauthors":[137],"class_list":["post-207929","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-humanidades-es","tag-historia-es"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/207929","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/38"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=207929"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/207929\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=207929"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=207929"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=207929"},{"taxonomy":"author","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/coauthors?post=207929"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}