{"id":73219,"date":"2001-03-01T00:00:00","date_gmt":"2001-03-01T00:00:00","guid":{"rendered":"http:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/2001\/03\/01\/conflicto-de-intereses-un-desafio-inevitable\/"},"modified":"2013-01-11T22:56:14","modified_gmt":"2013-01-12T00:56:14","slug":"conflicto-de-intereses-un-desafio-inevitable","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/conflicto-de-intereses-un-desafio-inevitable\/","title":{"rendered":"Conflicto de intereses: un desaf\u00edo inevitable"},"content":{"rendered":"<p>En la misma medida en que crece la importancia de la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica en el contexto de la vida econ\u00f3mica, se vuelven m\u00e1s frecuentes las situaciones en las cuales los resultados del desarrollo de proyectos de investigaci\u00f3n promueven o contrar\u00edan intereses econ\u00f3micos objetivos, ya sea de los investigadores en ellos comprometidos o de empresas o instituciones responsables por su financiamiento, as\u00ed sea parcial. \u00bfHasta que punto esa situaci\u00f3n interfiere en la fidedignidad cient\u00edfica de esos resultados? \u00bfC\u00f3mo medir ese grado de fidedignidad en cada caso? \u00bfCu\u00e1les son los par\u00e1metros relevantes para medirlo? En todo el mundo se est\u00e1 llevando a cabo actualmente un intenso y saludable debate sobre esas cuestiones, involucrando agencias de fomento, publicaciones cient\u00edficas, universidades, investigadores, empresas y gobiernos. Por ejemplo, el\u00a0<em>New England Journal of Medicine<\/em>, uno de los m\u00e1s importantes peri\u00f3dicos cient\u00edficos del mundo, ha publicado varios art\u00edculos relacionados.<\/p>\n<p>Para ilustrar mejor la complejidad del problema y la relevancia de este debate, consideremos un caso t\u00edpico y ordinario. Antes de que un nuevo medicamento sea colocado en el mercado por parte de una empresa farmac\u00e9utica, deben realizarse investigaciones a fin de determinar si el mismo es realmente eficaz y si no tiene efectos colaterales nocivos. V\u00eda de regla, tales investigaciones cuentan con financiaci\u00f3n de la empresa &#8211; objetivamente interesada en demostrar que su producto es bueno e inofensivo &#8211; y, muchas veces, \u00e9stas son realizadas por investigadores por ella empleados o contratados, objetivamente interesados en el \u00e9xito financiero de la empresa, del cual depende, por ejemplo, el mantenimiento de sus empleos o la obtenci\u00f3n de futuros contratos y financiamientos.<\/p>\n<p>A esos intereses, se suma el inter\u00e9s \u00e9tico y profesional de los investigadores en realizar su trabajo segundo la buena metodolog\u00eda cient\u00edfica, as\u00ed como tambi\u00e9n el inter\u00e9s de la sociedad en disponer de un producto apto para resolver problemas de salud, pero con garant\u00edas razonables de que los riesgos referentes a posible efectos colaterales hayan sido adecuadamente evaluados. Esos m\u00faltiples intereses pueden, es cierto, converger, pero tambi\u00e9n es cierto que pueden no hacerlo. Sea como sea, se configura una situaci\u00f3n, bien descrita por el concepto &#8220;potencial conflicto de intereses&#8221;, cuyas resonancias tanto \u00e9ticas como propiamente cient\u00edficas no pueden ser subestimadas.<\/p>\n<p>Supongamos que alguien es \u00e1rbitro de un partido de f\u00fatbol en el que participa su hijo. Trat\u00e1ndose de una persona absolutamente \u00edntegra, el potencial conflicto de intereses es extremo: el deseo de que el hijo tenga \u00e9xito puede chocar contra el deseo de obrar de una manera completamente imparcial. Si todas las decisiones de un juez de f\u00fatbol pudieran ser tomadas mediante la aplicaci\u00f3n mec\u00e1nica de reglas expl\u00edcitas, la existencia de ese conflicto, manteniendo la hip\u00f3tesis de integridad del juez, ennada interferir\u00eda en el resultado final del cotejo. Ocurre, sin embargo, que muchas de esas decisiones dependen de evaluaciones que comportan una buena dosis de subjetividad, y es precisamente all\u00ed donde el potencial conflicto hace sentir sus efectos:\u00a0<em>involuntariamente<\/em>, puede tomarse una decisi\u00f3n favorable al hijo, que no ser\u00eda tomada en otras circunstancias; o, por el contrario, con las ansias de obrar imparcialmente, el juez puede tomar una decisi\u00f3n perjudicial para su hijo, que no ser\u00eda tomada en otras circunstancias. En suma, el potencial conflicto de intereses puede interferir en el ejercicio de la capacidad de juzgar del juez, de una manera que no puede en su base ser por \u00e9l precisamente identificada, controlada o evitada. Aunque de hecho no interfiera, la percepci\u00f3n del grado de exenci\u00f3n en sus decisiones ser\u00e1 inevitablemente afectada por la existencia del potencial conflicto de intereses.<\/p>\n<p>En muchos aspectos, las consecuencias de un potencial conflicto de intereses en la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica son de la misma especie. En efecto, en varios momentos de su trabajo, los investigadores se ven obligados a tomar decisiones cuya correcci\u00f3n no se puede medir de antemano por v\u00eda ning\u00fan conjunto de reglas precisas y expl\u00edcitas; decisiones relativas, por ejemplo, a las estrategias alternativas de conducci\u00f3n de la investigaci\u00f3n o a la determinaci\u00f3n del valor de datos ciertamente relevantes, pero no enteramente conclusivos, o conflictivos entre s\u00ed. En esos momentos, la calidad de las decisiones tomadas depende esencialmente de la capacidad de juzgar de los investigadores, de lo que podr\u00eda llamarse &#8220;tino metodol\u00f3gico&#8221;, fruto principalmente de la conjugaci\u00f3n de su experiencia con su talento. El ejercicio de esa capacidad puede verse\u00a0<em>involuntariamente<\/em> afectado por potenciales conflictos de intereses, de una manera que no puede, por principio, ser por ellos identificada de forma precisa, controlada o evitada. Tambi\u00e9n aqu\u00ed, la percepci\u00f3n del grado de exenci\u00f3n en las decisiones tomadas puede verse afectado por la existencia de potenciales conflictos de intereses.<\/p>\n<p>El modo m\u00e1s sencillo de ahuyentar los riesgos de una situaci\u00f3n de conflicto de intereses es impedir su aparici\u00f3n: el padre no debe dirigir un partido del cual participe su hijo, el investigador no debe desarrollar un proyecto cuyos resultados puedan contrariar sus intereses personales, una empresa o instituci\u00f3n no debe financiar un proyecto cuyos resultados puedan contrariar sus intereses econ\u00f3micos o institucionales. Ocurre, en tanto, que esa soluci\u00f3n puede ser demasiado simple, y mayor\u00eda de las veces inviable, e incluso indeseable.<\/p>\n<p>El hecho de rehusarse a dirigir un partido puede implicar su cancelaci\u00f3n, de modo que los jugadores pueden preferir correr el riesgo de someterse a un juez involuntariamente atravesado. An\u00e1logamente, el test cl\u00ednico de un medicamento puede no ser materialmente viable sin el apoyo de la empresa interesada en su comercializaci\u00f3n, lo que podr\u00eda significar la privaci\u00f3n del acceso a un valioso instrumento terap\u00e9utico. Adem\u00e1s, parece razonable que una buena parte de los costos en el proceso de elaboraci\u00f3n de un producto comercial sean asumidos por la empresa que lucrar\u00e1 con su comercializaci\u00f3n, y no, por ejemplo, por los \u00f3rganos o agencias alimentadas por recursos p\u00fablicos.<\/p>\n<p>Por esta raz\u00f3n, no nos queda otra alternativa que lidiar con los potenciales conflictos de intereses por medio de estrategias m\u00e1s complicadas, que muchas veces solo pueden definirse completamente caso por caso. No obstante, dos principios deben articular en todos los casos la formulaci\u00f3n de esas estrategias: el principio de la\u00a0<em>plena informaci\u00f3n<\/em> y el principio de la\u00a0<em>plena verificabilidad<\/em>.<\/p>\n<p>No solo la comunidad de los investigadores, sino toda la sociedad debe ser informada sobre todas las circunstancias de realizaci\u00f3n de un proyecto que pueda acarrear consigo la existencia de potenciales conflictos de intereses. Solo as\u00ed se podr\u00e1 definir a priori el grado de fidedignidad de los resultados obtenidos, lo que va a determinar en qu\u00e9 medida tales resultados deben someterse a un tratamiento cr\u00edtico antes de incorpor\u00e1rselos como resultados cient\u00edficamente validados. La revista\u00a0<em>Nature<\/em>, por ejemplo, pasar\u00e1 a exigir que, en los art\u00edculos que ella publique, consten todas las fuentes de financiamiento de las investigaciones que resultaron en ellos.<\/p>\n<p>Para que ese tratamiento cr\u00edtico sea posible, todos los datos y procedimientos utilizados por los investigadores en la realizaci\u00f3n de su proyecto deben estar disponibles su para\u00a0<em>verificaci\u00f3n<\/em> por parte de auditores independientes, por iniciativa ya sea de otros investigadores o de \u00f3rganos o agencias gubernamentales, o de asociaciones no gubernamentales. La aplicaci\u00f3n de esos principios en casos particulares puede no ser una cuesti\u00f3n sencilla, pero es un desaf\u00edo que el perfil y la motivaci\u00f3n de una buena parte de la investigaci\u00f3n cient\u00edfica y tecnol\u00f3gica contempor\u00e1nea nos reserva para afrontar.<\/p>\n<p><strong><em>Normas de la FAPESP relativas a potenciales conflictos de intereses<br \/>\n<\/em><\/strong>1) Al presentar un proyecto en la FAPESP, el investigador debe listar todas las fuentes de financiamiento, p\u00fablicas o privadas, con las que cuenta o espera contar para desarrollarlo.<\/p>\n<p>2) El investigador debe consultar a la FAPESP antes de aceptar cualquier tipo de apoyo financiero de cualquier otra fuente de financiamiento, p\u00fablica o privada, para el desarrollo del proyecto de investigaci\u00f3n al que concierne el auxilio concedido.<\/p>\n<p>3) En caso de que el desarrollo del proyecto de investigaci\u00f3n al que concierne el auxilio concedido haya recibido apoyo financiero de cualquier otra fuente de financiamiento, p\u00fablica o privada, el investigador est\u00e1 obligado a hacer una referencia expl\u00edcita a ese apoyo, con la identificaci\u00f3n clara de su fuente, en todas las formas de divulgaci\u00f3n de los resultados obtenidos (art\u00edculos, libros, tesis, disertaciones, trabajos o res\u00famenes presentados en reuniones, etc.).<\/p>\n<p>4) En situaciones en las cuales la asesor\u00eda de la FAPESP identifique potenciales conflictos de intereses, podr\u00e1 exigirse contractualmente que se garantice a otros investigadores, organismos o agencias gubernamentales, y asociaciones no gubernamentales, el derecho de amplio acceso a todos los datos colegidos y procedimientos adoptados, para su eventual auditor\u00eda con miras a determinar si el proyecto fue orientado acorde con las exigencias de buena praxis cient\u00edfica.<\/p>\n<p><strong>Luiz Henrique Lopes dos Santos <\/strong><em>es asesor cient\u00edfico de la FAPESP, y\u00a0Jos\u00e9 Fernando Perez es su director cient\u00edfico<\/em><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Conflicto de intereses: un desaf\u00edo inevitable","protected":false},"author":140,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_acf_changed":false,"_exactmetrics_skip_tracking":false,"_exactmetrics_sitenote_active":false,"_exactmetrics_sitenote_note":"","_exactmetrics_sitenote_category":0,"footnotes":""},"categories":[756],"tags":[],"coauthors":[455,456],"class_list":["post-73219","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-etica-es-impresa"],"acf":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/73219","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/140"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=73219"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/73219\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=73219"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=73219"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=73219"},{"taxonomy":"author","embeddable":true,"href":"https:\/\/revistapesquisa.fapesp.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/coauthors?post=73219"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}