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Patentes

La receta para hacer buenos negocios

Un seminario analiza las estrategias para que la investigación llegue con éxito al mercado

Lo que hace que las tecnologías lleguen al mercado no es solamente su potencial comercial, ni tampoco su tenor de innovación. Las reglas que rigen el mundo de los negocios son también necesarias, y la correcta adecuación a ellas es aún más importante cuando se trata de captar recursos y encontrar mercados en el exterior. Para discutir el tema, el Instituto de Investigaciones Tecnológicas (IPT) realizó, con el apoyo de la FAPESP, el seminario intitulado Comercialización Internacional de Tecnología Brasileña en la sede del instituto, el día 29 de noviembre del año pasado.

“Todos nosotros tenemos mucho que aprender sobre este tema”, afirmó Edgar Dutra Zanotto, coordinador del Núcleo de Patentes y Licencias de Tecnología (Nuplitec) de la FAPESP. Al abordar los desafíos que se afrontan para la comercialización de la tecnología brasileña, el estadounidense Robert Sherwood, consultor que colaboró en la reforma de los sistemas de propiedad intelectual de 11 países trabajando para el Banco Interamericano de Desarrollo y el Banco Mundial, recordó que, antes de prospectar recursos, es fundamental que se verifique si la tecnología que es objeto de la investigación no ha sido ya inventada y si ésta tiene oportunidades en el mercado.

El paso siguiente es tramitar el registro de la patente. Este proceso, subrayó, tiene que iniciarse antes de la publicación del trabajo – cosa que, evidentemente, no significa que los resultados de la investigación no deban ser publicados. “La publicación prematura implica asestarle un golpe mortal a cualquier perspectiva de comercialización futura”, afirmó. “Los analistas reciben centenas de planes de negocios y sencillamente eliminan, ya en la primera admisión, a aquellos en los cuales el problema de la propiedad intelectual no está contemplado”, dijo.

Sherwood afirmó que, en la búsqueda de capital, lo más difícil es conseguir financiamiento para la investigación. No obstante, hizo la salvedad de que ésta es una dificultad que los investigadores brasileños prácticamente no conocen, en función de los mecanismos de fomento disponibles. “Pero aún son raros los casos en los que la inmensa creatividad de los brasileños rinde sus frutos desde el punto de vista comercial. Y los contribuyentes, que financian la investigación, tienen derecho a condenar la falta de preocupación con el potencial económico de las tecnologías desarrolladas en Brasil.”

De acuerdo a la evaluación de Sherwood, la lentitud de los procesos de patentamiento en Brasil puede constituirse en un obstáculo para la obtención de recursos. Y recordó que el inicio del proceso de registro de patentes en Brasil no es la única posibilidad. Como alternativa, sugirió empezar por los mercados en los cuales la aplicación de la tecnología tenga mayor potencial comercial. Afirmó también que la legislación brasileña, pese los avances registrados en 1997, aún deja a los inversores recelosos ante el poder de decisión del gobierno sobre la ruptura de patentes por razones de interés público, o ante la imposibilidad de patentar algunos bienes, tales como el material transgénico y los software, por ejemplo.

El especialista remarcó que es necesario proteger las informaciones relativas a las tecnologías patentables con contratos de confidencialidad – los llamados non-disclosure agreements – que tengan una redacción clara. En proyectos que presuponen una investigación compartida, conviene que los contratos establezcan nítidamente las responsabilidades de cada una de las partes implicadas.

Walter Bayer, vicepresidente de GE Licensing, una división de General Electric dedicada exclusivamente a las licencias de patentes, definió al licenciamiento de tecnologías como un negocio. De acuerdo a la evaluación de Bayer, un buen plan de negocios comienza por la identificación de los interesados. No basta solamente tener los derechos de propiedad intelectual sobre determinada tecnología, si no existe efectivamente un potencial de licenciamiento. Las expectativas de retorno de las inversiones deben ser cuantificables. “No deben usarse argumentos tales como ‘cualquier comercio lo va a vender'”, advierte Bayer.

En lo que se refiere al registro de patentes propiamente dicho, Bayer recordó que las ideas no pueden patentarse: en cualquier parte del mundo, es necesario contar con algo tangible. De igual manera, los así llamados secretos comerciales no son pasibles de protección por patentes – son fórmulas, o incluso procesos, que las empresas guardan bajo siete llaves, debido que representan una diferencia competitiva. En ese sentido, el ejemplo más conocido es el de la receta de la Coca-Cola, pero existen miles de éstos, mucho menos evidentes.

“En una compañía de software, una idea se transforma en código, y un código fuente puede constituir un secreto comercial”. En este caso, lo que puede patentarse es el producto del software , que gana tangibilidad por medio de una grabación, digamos en un CD. La decisión de patentar una tecnología o tratarla como un secreto comercial depende de una evaluación de los riesgos involucrados y una comparación cuidadosa de los costos y beneficios de cada opción. La patente es la elección más segura.

En la visión de Bayer, una política de licenciamiento exitosa debe, entre otras cosas, apoyarse en una cartera amplia y competitiva. Aun cuando se trata de licenciar solamente una tecnología, la capacidad de anticipar las aplicaciones posibles, inmediatas o futuras, marca la diferencia. Sin embargo, el plan de negocios debe estar fundamentado en los resultados a corto plazo y utilizar un estilo de argumentación agresivo. Desde el punto de vista comercial, también es necesario mantener la flexibilidad, brindando la apertura necesaria para que el futuro licenciado realice las modificaciones que sean de su interés. “Una patente no es un monopolio”, dijo Bayer.

Conflictos de intereses
Christopher Ostrovski, presidente de Technology Partners International, agencia especializada en transferencia de tecnología con sede en Guelph, Canadá, comentó un estudio suyo que tenía como objetivo llegar a una mejor comprensión de los conflictos de intereses que muchas veces atraviesan la relación entre las universidades y las empresas. “Los objetivos del investigador incluyen el derecho a publicar sus trabajos y transferirle la propiedad intelectual a la sociedad, y el compromiso con el desarrollo de la investigación”, enumeró. “Por su parte, la empresa quiere ventajas competitivas, la construcción de una base tecnológica y una visión de las nuevas tecnologías”.

La solución de este conflicto reside en la conciencia de las necesidades de la otra parte, y una de las cuestiones que deben ser resueltas es la que antepone la protección de derechos de propiedad intelectual a la publicación de los trabajos. Ostrovski cree que ambas partes deben estar dispuestas a establecer relaciones de larga duración para desarrollar una confianza recíproca y que uno de los caminos más fáciles para llegar a ello es la aproximación. “Para hacer el marketing de sus tecnologías, la universidad debe nominar representantes con habilidades de comunicación y capaces de administrar las diferencias filosóficas entre la academia y la industria”.

En lo que se refiere a la prospección de recursos, Ostrovski aconsejó a los investigadores que presten atención a los diversos tipos de inversores posibles -desde amigos dispuestos a apostar en una tecnología hasta bancos, desde los llamados “ángeles” (individuos muy ricos allegados al sector tecnológico que actúan casi como los mecenas en el campo de las artes) hasta los inversores institucionales y, en los casos de empresas de base tecnológica, la apertura del capital.

La abogada Juliana L.B. Viegas, de Trench, Rossi e Watanabe, se explayó sobre la evolución del concepto de propiedad intelectual en el marco de la legislación brasileña. “Con más de 30 años de carrera, vi muchos casos de importación de tecnología y como máximo dos o tres casos de exportación de tecnología brasileña, y quizás sea éste el momento del viraje”. Viegas afirmó que el país, desde el punto de vista legal, no opera con el concepto de licencia de tecnología – solo existe el de transferencia permanente.

Otra dificultad señalada por Viegas reside en la limitación del giro deroyalties y de la deductibilidad para fines fiscales de entre el 1% y el 5% de las ventas netas, y en la obsolescencia de la definición de esencialidad que pauta la aprobación de las importaciones de tecnología, producto de una resolución que data de 1958.

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