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Política C&T

Una fruta en disputa

Empresa japonesa registra la marca y patenta el proceso de producción del 'cupulate'

El copoazú (Theobroma grandiflorum), un árbol de la misma familia del cacao cuya semilla es utilizada como alimento en la Amazonia, se encuentra en el centro de una polémica que involucra a organizaciones no gubernamentales (ONGs), los productores del estado de Acre, la Empresa Brasileña de Investigación Agropecuaria (Embrapa, sigla en portugués), Itamaraty (el ministerio de Relaciones Exteriores de Brasil) y la gigante empresa japonesa Asahi Foods Co Ltd.

Todo empezó cuando Amazonlink, una ONG que apoya a los productores locales en la comercialización de derivados de copoazú, tales como mermeladas y bombones, se aprestaba a suscribir un contrato de venta con una empresa de Alemania, al final del año pasado. “Al finalizar los entendimientos, ellos nos dijeron que el negocio solamente se consumaría si el nombre copoazú no apareciese en el producto, ya que la marca copoazú estaba registrada en la Unión Europea por Asahi Foods desde el año pasado”, narra Michael F. Schmidleher, presidente de Amazonlink. Dicha empresa japonesa, tal como supo se posteriormente, había igualmente registrado la marca copoazú en Estados Unidos y Japón.

Una investigación más exhaustiva reveló que Asahi Foods también había patentado el método de extracción del aceite y de la grasa de las semillas, como así también el proceso de producción del ‘cupulate’, una especie de chocolate elaborado con esa fruta, en Japón y la Unión Europea, entre los meses de octubre de 2001 y julio de 2002. En 1998, Body Shop Internacional había registrado el uso del extracto de copoazú en la composición de cosméticos. Así y todo, la patente de la empresa japonesa puede guardar semejanza con otra, depositada por Embrapa en el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) en 1990, referente al “Proceso de obtención de cupulate en polvo y en tabletas, medio amargo, con leche, blanco, extraído de las semillas de copoazú”.

La historia se tornó de público conocimiento a comienzos de este año, sembrando así la sospecha de que, a expensas de las medidas de protección previstas en la Medida Provisoria (decreto por tiempo determinado) nº 2.186 – 16, referente al acceso al patrimonio genético y al conocimiento tradicional asociado al mismo, Brasil sigue estando expuesto a acciones de biopiratería. “Es importante que este caso del copoazú llame la atención hacia el problema mayor de la biopiratería”, dice Marina Silva, ministra de Medio Ambiente.

El ministerio, según adelanta Silva, está ultimando los detalles para la creación de un grupo de trabajo interministerial e interinstitucional, que analizará el registro de marcas y el depósito de patentes de copoazú. Dicho grupo, afirma la ministra, aunará “esfuerzos y conocimientos en los campos de la investigación agronómica y genética, la propiedad intelectual y la protección de los derechos e intereses difusos y colectivos”, como así también en lo que se refiere a la cooperación internacional.

La ministra también pretende acelerar la aprobación de medidas de protección de la biodiversidad. Cuando fue senadora, Marina Silva fue autora de un proyecto de ley que reguló el acceso al patrimonio genético. Dicho proyecto fue aprobado por el Senado en 1998, pero ahora se encuentra parado en la Cámara de Diputados. “En 2000 llegó la Medida Provisoria del gobierno anterior, motivada por la repercusión negativa del contrato celebrado entre la organización social Bioamazônia y una empresa extranjera del sector farmacéutico, durante el primer semestre de aquel año”, comenta Marina.

Pero ahora, estando al frente del ministerio, Marina Silva tiene planes para ampliar la composición del Consejo de Gestión del Patrimonio Genético (Cgen), creado a través de la referida Medida Provisoria, para incluir a representantes de entidades científicas, de la sociedad civil y de las comunidades indígenas y locales, para que todos juntos propongan al Congreso una orientación para la conversión de esa Medida Provisoria en ley. Otra idea que se encuentra en estudio consiste en desarchivar los proyectos de ley sobre esa materia que aún descansan en la Cámara de Diputados, producir un nuevo proyecto consensuado en su reemplazo y luego someterlo a la aprobación del Congreso. La idea, subraya Marina, es que este mismo año sea posible promulgar una “verdadera” Ley de Acceso a los Recursos Genéticos.

“Así Brasil tendrá posibilidades de implementar efectivamente reglas nacionales que controlen el acceso y el aprovechamiento económico de su megadiversidad”, argumenta la ministra. Y completa: “Frente a hechos consumados como las patentes, las marcas y otras formas de registro y apropiaciones de nuestros recursos y derechos, siempre en el ámbito de los gobiernos y de las leyes de otros países, queda claro que el rescate de aquello que nos pertenece solamente será posible mediante acciones coordinadas a escala internacional, ya sea en los tribunales de los países que otorgaron las patentes y marcas sin considerar nuestros derechos, o en el marco de las negociaciones en curso en la Organización Mundial del Comercio (OMC), la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (Ompi), la Convención sobre Diversidad Biológica y otras instancias”, afirma la ministra.

Prudencia y cautela
No obstante, en este terreno de debate relativo al acceso a los recursos genéticos, en el cual se cruzan las legislaciones nacionales e internacionales, e interpretaciones diversas, es necesario tener agilidad, para no perder los plazos de prescripción – en caso de cuestionamiento del registro de marcas o depósito de patentes. Pero, por sobre todas las cosas, hay que tener la debida prudencia y cautela.

Las distinciones son sutiles. Un ejemplo de ello: la Ompi está sugiriendo la utilización del término ‘biousurpación’, y no biopiratería, para designar actos de apropiación indebida de recursos genéticos y conocimientos tradicionales (lea la entrevista con Nuno Pires de Carvalho, jefe de la Sección de Recursos Genéticos, Biotecnología y Conocimientos Tradicionales Asociados, Ompi, en la página 17). Uno de los argumentos de la Ompi sugiere que la piratería se refiere, por definición, a actos ilegales, y no todos los actos caracterizados como biopiratería son necesariamente ilegales. Ante la falta de una legislación que restrinja el acceso a los recursos genéticos, el recolectar especímenes de una planta, llevarlos al exterior, identificar su componente activo, sintetizarlo y patentarlo no es ilegal. Si existe una legislación, esos actos pueden ser ilegales en el país en el cual la recolección fue desautorizada, pero no en el país en donde la patente fue solicitada.

Observado con la debida cautela, el registro de la patente por parte de Asahi Foods Co Ltd. puede no caracterizarse como un acto de biopiratería o, de acuerdo con la nueva definición de la Ompi, de biousurpación. Asahi Foods, en el registro de la patente, identifica claramente el uso de los frutos utilizados en la investigación: se trata de productos comprados en una plantación de copoazú en los alrededores de Manaos. Se sabe que, en el primer cuatrimestre de 2002, el estado de Amazonas exportó 50 toneladas de semillas de copoazú a Japón, y la expectativa indica que Japón importará alrededor de 200 toneladas este año.Resta aún saber si el proceso de extracción de aceite y grasa para la producción de cupulate, reivindicado por la empresa, es nuevo. Y eso es lo que Embrapa desea saber antes de cuestionar o no la patente.

Registro de la marca
El problema, al menos aparentemente, puede estar en el registro de la palabra copoazú como marca asignada a productos derivados de esa fruta, contrario al requisito de registrabilidad de marcas, que es su capacidad distintiva. “Sería lo mismo que registrar las palabras naranja, papaya o banana”, ejemplifica Nuno Carvalho, de la Ompi. Itamaraty pretende movilizar a sus embajadas en los países cubiertos por el registro de la marca, para obtener más información sobre el caso y evaluar si el registro de la marca puede llegar a comprometer las exportaciones brasileñas.

El copoazú constituye una importante fuente de ingresos para los pequeños productores del estado de Acre. La asociación denominada ‘Reflorestamento Econômico, Consorciado e Adensado’ (Reca), que a agrupa a 364 familias plantadoras de la región, produjo el año pasado 850 toneladas de la fruta y 95 toneladas de semillas. “La mayor parte de las ventas va a São Paulo y al nordeste”, comenta Hamilton Condak, director. La pulpa de la fruta es comercializada en el mercado a un precio que oscila entre los 2 y los 5 reales, lo que ha significado un fuerte estímulo para la ampliación de las plantaciones de los árboles frutales y el surgimiento de pequeñas empresas fabricantes de subproductos de copoazú, tales como mermeladas y bombones.

Amazonlink, creada en 2001, comienza a intermediar la venta de subproductos del copoazú al exterior, tal como fue el caso de los frustrados entendimientos con la empresa alemana. Si se mantiene el registro de la marca por parte de Asahi Foods, la alternativa para los productores brasileños sería comercializar el producto con otro nombre o correr el riesgo de pagar multas, al margen de la posibilidad de perder negocios.

Ignorancia y prejuicio
El copoazú no es el único caso concerniente a una patente sospechosa en el exterior. La empresa Rocher Yves Biolog Vegetales, por ejemplo, registró en Francia, Japón, la Unión Europea y Estados Unidos la patente de una composición cosmética y farmacéutica a base de andiroba o caobilla (Carapa guianensis ), un árbol cuyas semillas tienen propiedades insectífugas y medicinales. La japonesa Morita Masaru también ha patentado en Japón un agente repelente para hormigas e insectos, que utiliza el aceite de la fruta de la andiroba.

Y los ejemplos se multiplican: el copaibo o canime (Copaifera sp), conocido como antibiótico del bosque, tiene una patente mundial, registrada por Technico-Flor para su uso en composiciones cosméticas y alimentarias. Aveda Corp patentó en Estados Unidos un método de colorear el cabello y las pestañas que contiene pigmentos y resinas de copaibo.

La propia ministra, cuando era senadora, estaba al tanto de problemas parecidos, como fue el caso de las patentes otorgadas al químico inglés Conrad Gorinsky en Europa, Estados Unidos y Canadá, referentes a compuestos de plantas medicinales utilizados por los uapixanas, en la región de la frontera entre Roraima y Guyana. De acuerdo con el relato de los investigadores, informa Marina Silva, los uapixanas utilizan las plantas de bebeerú (Ocotea rodioei ) y barbasco (Clibadium sylvestre) para las mismas finalidades patentadas por Gorinsky. El “biopirata”, como ella lo califica, descubrió y aisló las moléculas con las aplicaciones trasmitidas de generación en generación por los uapixanas.

“En el caso del bebeerú o tipir, existe una referencia específica con relación al acto de mascar la castaña del árbol de corazón verde, como forma elemental de anticoncepción. También se mencionan las propiedades febrífugas y antiperiódicas de las infusiones hechas con la corteza del árbol de corazón verde. Para abordar esas condiciones, Gorinsky patentó las moléculas alcaloides, a las cuales denominó “Rupununines Biológicamente Activos”, en explícita referencia al río Rupununi, en cuya región se encuentra la planta”, explica la ministra. Y concluye: “No obstante, los intentos de rescate efectivo de los derechos violados tropiezan en los prejuicios y la ignorancia de los poderosos, y en la falta de interés de parte de aquéllos que podrían haberse aliado en esta nueva forma de lucha social.

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