Imprimir Republish

Legislaci

Ahora, a la espera de resultados

Mediante el decreto de reglamentación, entra en vigencia la ley de Innovación

La ley de Innovación entró en vigor el pasado día 11 de octubre, cuando se publicó el decreto con su reglamentación. Dicho instrumento legal exime a las instituciones públicas de investigación científica de realizar licitaciones para la transferencia y la concesión de licencias de tecnología, autoriza el aporte directo de recursos públicos a las empresas y permite que los investigadores desempeñen actividades en el sector privado, entre otras medidas de estímulo al desarrollo tecnológico.

Ese decreto significa avances importantes, reconoce Carlos Henrique de Brito Cruz, director científico de la FAPESP. La subvención es un instrumento importante para el fomento de la investigación científica y el desarrollo industrial, pues mitiga el riesgo inherente a la actividad, y es lo que se practica en los principales países para defender la capacidad industrial de hacer I&D. Las licencias de patentes académicas, de acuerdo con su evaluación, pueden generar muchas oportunidades empresariales relevantes, como fue el caso de la licencia de tecnología de nanopartículas para pigmentos o Biphor, desarrolladas en la Universidad Estadual de Campinas (Unicamp) (lea en la página 80).

La reglamentación de la ley también fue bien recibida en las universidades paulistas. Necesitábamos esa exención de licitación, para facilitar la concreción licencias de patentes, comenta Luiz Nunes, prorrector de investigación de la Universidad de São Paulo (USP). La USP se vale de agentes especiales para promover sus patentes entre sus clientes antes de la licitación, y afronta problemas para estipular los valores relativos al pago de comisiones. Nunes también considera que es un progreso el hecho de que las universidades puedan conceder, a partir de ahora, licencia no remunerada a los investigadores interesados en constituir o asociarse con empresas innovadoras. Esto redundará en resultados tanto para la empresa como para la universidad. Sin embargo, le preocupa el porcentaje máximo de un tercio de las utilidades económicas percibido por la institución y al cual el investigador tendrá derecho en casos de transferencia de tecnología y licencias. En la USP, la práctica es destinarle un 50%. En eso será un retroceso.

Con todo, Daniel Pereira, prorrector de investigación de la Unicamp, hace la salvedad de que la ley, por sí sola, no alcanzará su objetivo básico, que es aumentar la competitividad de los sectores productivos. Es necesario que el Estado implemente políticas de incentivo al desarrollo tecnológico, contemplando a todos los órganos de gobierno.

La USP y la Unicamp han creado sendos entes destinados a la gestión de la innovación previsto en la ley: la Agencia de Innovación y la Inovacamp, respectivamente. Por otra parte, la Universidad Estadual Paulista (Unesp) ha comenzado a organizar su entidad. Nos abocamos ahora a la creación de un consejo de innovación tecnológica, que dictará la política de propiedad intelectual de la universidad, comenta José Arana Varela, prorrector de investigación de la Unesp.

Las empresas ven el decreto con escepticismo. La Asociación Nacional de Investigación, Desarrollo e Ingeniería de Empresas Innovadoras (Anpei) teme por la discontinuidad de la subvención, una amenaza que ya estaría anticipada en el propio decreto que incumbió a los ministros de Ciencia y Tecnología, Desarrollo, Industria y Comercio Exterior y de Hacienda la tarea de definir anualmente los porcentajes de recursos del Fondo Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico (FNDCT) que se destinarán a la subvención económica. De acuerdo con la evaluación de Maurício Mendonça, coordinador de Competitividad Industrial de la Confederación Nacional de la Industria (CNI), las empresas esperaban que el decreto fijase un porcentaje para la subvención. El MCT tiene actualmente un volumen razonable de recursos en los fondos sectoriales, que permitirían estipular un valor, argumenta Mendonça.

Republicar