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Buenas prácticas

La FAPESP divulga casos de infracciones

Boas Práticas aDANIEL BUENOA partir del día 7 de octubre, la FAPESP empezó a divulgar los sumarios de los casos de averiguaciones que llevó adelante o supervisó y que resultaron en la constatación de violaciones de las buenas prácticas científicas. La divulgación aparece en la página web de Buenas Prácticas Científicas del portal de la FAPESP. Los casos permanecerán en dicha página durante un período de tiempo limitado, que se estipulará de acuerdo con la naturaleza y la gravedad de la violación constatada y en conformidad con las condiciones definidas en la Resolución PR nº 05/ 2013.

Uno de los principios de la política de preservación de los valores de la integridad de la investigación científica de la FAPESP establece que los mismos serán objeto de autorregulación y autocontrol por parte de la comunidad científica. Como parte de la sistematización de este proceso, la FAPESP publicó en 2011 su Código de buenas prácticas científicas, que se encuentra disponible en formato PDF.

La FAPESP entiende que la propagación de una cultura sólida de integridad en el ambiente científico depende fundamentalmente de acciones educativas de las instituciones y organizaciones de investigación científica, con el propósito de capacitar a los científicos para identificar y respetar los valores de la integridad.

Para la FAPESP, la preservación de dichos valores y del carácter público y fidedigno de la ciencia depende a su vez de la percepción por parte de los científicos y de la sociedad en general de que esas instituciones y organizaciones son capaces de responder rápida y rigurosamente ante una práctica constatada de violación de las buenas prácticas científicas.

El Código de buenas prácticas científicas exige que toda alegación de violación de las buenas prácticas científicas en el curso de la averiguación apoyada por la FAPESP se investigue de manera justa y rigurosa, tarea a cargo de la propia Fundación o, bajo su supervisión, de la institución en la cual la averiguación se lleve a cabo.

En respeto al principio jurídico de la presunción de inocencia y a la necesidad de preservar la reputación de los sospechosos de violación de las buenas prácticas científicas, se prevé que tal averiguación se realice sigilosamente. No obstante, cuando la misma compruebe la ocurrencia de una violación de las buenas prácticas científicas, la FAPESP hará públicas sus conclusiones, teniendo en vista los posibles y consecuentes prejuicios para el avance de la ciencia y para la sociedad en general.

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