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Biodiversidad

Para combatir la biopiratería

La Ompi estudia medidas tendientes a proteger los cultivos y los recursos genéticos

ALISON WRIGHT / CORBISEl curare, utilizado como veneno, fue patentado por una multinacionalALISON WRIGHT / CORBIS

El avance de la biotecnología y la fragilidad de los marcos legales de protección de la biodiversidad exponen peligrosamente el conocimiento tradicional a acciones de biopiratería. Brasil, cuyo territorio alberga el 23% de la biodiversidad del planeta, es uno de los principales blancos de esta actividad. La ayahusca, por ejemplo, una planta medicinal amazónica utilizada por diferentes comunidades indígenas en rituales y también por la secta Santo Daime, fue patentada por un laboratorio multinacional que también consiguió la autorización para utilizarla comercialmente.

La patente del curare, un extracto vegetal conocido por varias tribus brasileñas, fue depositada por una multinacional, y dicha sustancia se transformó en la base para relajantes musculares actualmente producidos por tres laboratorios y tiene venta libre en Estados Unidos. Estos ejemplos se multiplican en Asia, África, el Caribe y América Latina.

En el caso de Brasil, cuya biodiversidad tiene un valor potencial estimado en 2 billones de dólares, de acuerdo con los cálculos del Instituto de Investigación Económica Aplicada (Ipea, sigla en portugués), el perjuicio es grande. Eso sin tener en cuenta que la biopiratería también dilapida el patrimonio cultural de la nación. Cabe hacer la salvedad de que el proteger el conocimiento tradicional no significa reivindicar para el hechicero la condición de co-inventor en el descubrimiento de una molécula. Se trata a decir verdad de buscar medios y modos de hacer posible el reparto de los beneficios que resultan de la explotación de dichos recursos por parte de los laboratorios y multinacionales con las comunidades que, en el transcurso de varias generaciones, acumularon el conocimiento sobre especies de plantas y animales con propiedades farmacéuticas, alimenticias y agrícolas.

Brasil, así como la gran mayoría de los países en desarrollo, aún no dispone de un sistema de protección legal de los derechos de propiedad intelectual de las comunidades tradicionales. “El sistema actual de patentes protege a aquello que innova, que desarrolla nuevas tecnologías. Pero no protege a aquél que tiene la biodiversidad o el conocimiento tradicional”, dice José Graça Aranha, presidente del Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INPI). “Debemos encontrar mecanismos que para dar cobertura, por medio de la legislación existente o a través de un sistemasui generis de protección, a esos portadores de la biodiversidad.”

Vedas Upanishads
El reto de buscar la manera más adecuada para proteger los recursos genéticos y los conocimientos tradicionales llevó a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (Ompi) a crear en el año 2000, un comité especial intergubernamental integrado por representantes de los 175 países miembros y de entidades tales como la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) y organizaciones no gubernamentales (ONGs) de todo el mundo, en un intento por hallarle una solución a ese problema. Pese a que no existe consenso acerca de la eficacia de la legislación existente, la Ompi ha recomendado a las naciones que registren en un banco de datos, por ejemplo, las informaciones sobre el conocimiento tradicional de dominio público, incluyendo en los casos que sea posible las indicaciones de uso.

“Gran parte del conocimiento tradicional y oral no está documentado y no existe manera de presentar pruebas para cuestionar el depósito de una patente considerada irregular”, justifica Nuno Carvalho, director de la Ompi. La ley estadounidense, por ejemplo, no autoriza la impugnación de patentes depositadas en su país con base en la tradición oral de países extranjeros. Carvalho recuerda el caso de dos científicos de la Universidad de Wisconsin que patentaron el principio activo de la turmérica, una raíz milenariamente conocida en la India por sus propiedades cicatrizantes.

Tal registro fue cuestionado, empero fue mantenido hasta que la India presentó una prueba documental: una pasaje de losVedas Upanishads , escrituros hindúes probablemente de viraje del siglo XVI al XVII, en donde se describe el uso medicinal de la turmérica. “La patente fue derribada”, cuenta Carvalho.

El derecho a decir no
A expensas de la indefinición legal, algunos países ya han adoptado medidas para proteger su patrimonio cultural. La oficina de patentes de China está reuniendo informaciones sobre usos, tradiciones y costumbres en las áreas de medicina y agricultura, y les sugiere a las comunidades que soliciten patentes para los conocimientos más innovadores. India, que casi pierde la turmérica, desarrolla una base de datos en la que está se está compilando todo el conocimiento tradicional disponible. Todos esos datos reciben una clasificación según su uso y son puestos a disposición de los examinadores de patentes. “Eso es prevención”, afirma Carvalho.

Venezuela ha adoptado una medida diferente. Hace tres años, el Servicio Autónomo de la Propiedad Intelectual, dependiente del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Industria, creó un portal con más de 15 mil referencias catalogadas en las áreas de química, farmacéutica y artesanías, entre otras, con sugerencias para aplicaciones e incluso recomendaciones de los hechiceros sobre el riesgo de interacción con otros productos. Los interesados tienen acceso a esas informaciones mediante el pago de una tasa al estado, posteriormente repartida entre las comunidades locales.

Estos diferentes sistemas de protección del conocimiento serán divulgados este mes en la tercera reunión del comité interministerial de la Ompi en Ginebra, con la intención de ofrecer aportes a los demás países. “Vamos a divulgar dos o tres ejemplos, con autorización de los gobiernos”, adelanta Carvalho. No obstante, éste reconoce que se trata de medidas “defensivas”, que no les garantizan a las comunidades el pleno ejercicio del derecho a decir no.

Abogados indígenas
En ese interregno legal, la Ompi ha intentado colocar a disposición de los países miembros informaciones sobre jurisprudencia y modelos de contratos de utilización de la biodiversidad y conocimientos firmados entre comunidades tradicionales y empresas, como lo que consolidó la alianza entre los aguarunas de Perú y Monsanto-Searle. Y las comunidades empiezan a prepararse para defender su patrimonio. El INPI realizó a principios de mayo el primer curso sobre propiedad intelectual de abogados de comunidades indígenas brasileñas, con el apoyo de la Ompi. Este curso contó con 20 participantes, 13 de éstos indios, que recibieron capacitación sobre marcas, patentes y derechos de autor.

“Ya no es más la lucha con arco y flecha, sino por la apropiación de nuevos conocimientos que pueden usarse en beneficio de las comunidades, ya sea por la protección de nuestros conocimientos tradicionales o por las patentes de fitoterapéuticos, de manera tal que la misma redunde en beneficio de la comunidad, que llegue a ella una parte de las ganancias obtenidas”, afirma Lucia Fernanda, asesora jurídica de la comunidad caingang-guaraní de Río Grande do Sul, que participó del curso. El grupo decidió crear, al final del curso, una comisión permanente de estudios sobre la propiedad intelectual, preparándose así para seguir los entendimientos y la confección de contratos de exploración de la biodiversidad local que sean negociados entre las comunidades y laboratorios.

CDB X Trips
No obstante, la Ompi considera que medidas como éstas que están siendo adoptadas por Brasil son estrategias defensivas, y pretende plasmar acciones más eficaces: creó un comité técnico de peritos para ver si existen posibilidades de clasificar el conocimiento tradicional utilizando los mismos criterios de clasificación internacional de patentes. El objetivo es intentar crear un mecanismo que permita que esas informaciones estén disponibles para los examinadores de patentes. Éstos no pueden recusar el registro puesto que no saben que se trata de un saber comunitario, ya que ese conocimiento no está clasificado y no hay mecanismos de búsquedas. Pero la idea, para muchos, es arriesgada, ya que presupone la exposición pública de un conocimiento que se confunde con la identidad de las comunidades tradicionales.

“Algunas cosas pueden ser publicadas, pero existen características de nuestro patrimonio cultural que son hasta hoy protegidas y que debemos preservar debido a que son intrínsecas a nuestra cultura”, argumenta la caingang Fernanda. En otro frente, la Ompi pretende armonizar el acuerdo sobre la propiedad intelectual de la Organización Mundial de Comercio (OMC), conocido como Trips (Trade Related Intelectual Property Rights), y la Convención sobre la Diversidad Biológica (CDB), suscrita en Río de Janeiro durante la Eco-92, que definió como objetivos básicos la conservación, la utilización sostenible y el reparto justo y equitativo de los beneficios provenientes del uso de los recursos genéticos. El Trips, concluido en 1994, no es específico, y con relación a la biodiversidad, permite el derecho de propiedad intelectual sobre microorganismos, procesos no biológicos y microbiológicos.

La compatibilización entre los dos acuerdos exige que sea incluido en el Trips un dispositivo que contemple la protección de los conocimientos tradicionales y de los recursos genéticos. “Brasil reclama una enmienda en el Trips en el sentido de incorporar los requisitos de identificación del material genético utilizado en la invención, de reparto de los beneficios con los portadores de los recursos genéticos, de consentimiento previo suministrados por éstos y de los conocimientos tradicionales asociados a la invención”, explica Graça Aranha, presidente del INPI. En la conferencia ministerial de la OMC en Doha, Qatar, realizada en noviembre último, ya han sido presentadas algunas propuestas para compatibilizar los dos acuerdos. “Pero ése es un debate para varios años”, prevé Carvalho.

Una leysui generis
El avance de la biotecnología y de la ingeniería genética solamente hizo recrudecer el debate sobre la protección de la biodiversidad y de los conocimientos tradicionales, que, en realidad, se inició en la Eco-92, cuando se suscribió la CDB, recuerda Graça Aranha. La convención recomendó que la FAO y los países participantes elaboraran un Plan Global de Acción para Recursos Genéticos en Alimentación y Agricultura (PGA), que fue aprobado en la Conferencia Internacional de Recursos Genéticos realizada en Leipizig, en 1996.

El PGA fue adoptado por todos los países que integran la Comisión de Recursos genéticos, incluso Brasil. “En el ámbito de la FAO, será relevante definir cómo hacer para que toda esa riqueza, una vez protegida, se transforme en mejora efectiva de la condiciones de vida de nuestra población, disminuyendo carencias, principalmente en países tan ricos en biodiversidad como en desigualdades sociales”, dice Graça Aranha. El otro foco de discusión, en la cual Brasil ha participado activamente, es la compatibilización del acuerdo Trips.

Brasil también se alinea junto a los que defienden la idea de elaborar un nuevo marco jurídico que proteja y preserve la biodiversidad. “Actualmente esto es tan fundamental como los derechos de propiedad intelectual lo fueron al final del siglo XIX, con la Convención de París”, compara Graça Aranha, refiriéndose al tratado internacional que hasta hoy regula el registro de patentes y es la base para la defensa de marcas y secretos industriales.

Ésa es también la disposición de 25 naciones indígenas, cuyos representantes se reunieron en diciembre del año pasado en São Luís, estado de Maranhão, en un encuentro promovido por el INPI. En el documento, bautizado Carta de São Luiz, proponen la adopción de “un instrumento universal de protección jurídica de los conocimientos tradicionales, un sistema alternativo, sui generis, diferente a los regímenes de protección de los derechos de propiedad intelectual”, y que el gobierno brasileño “adopte una política de protección de la biodiversidad y sociodiversidad destinada al desarrollo económico sostenible de los pueblos indígenas”.

Reivindican que el gobierno reconozca los conocimientos tradicionales como saber y ciencia, “dándoles un tratamiento equitativo con relación al conocimiento científico occidental”, estableciendo una política de ciencia y tecnología que reconozca su importancia, que cree un banco de datos y un registro de esos conocimientos y un fondo -financiado por los gobiernos y gestionado por una organización indígena- que tenga por objetivo subsidiar las investigaciones realizadas por los miembros de las comunidades. En la evaluación de Marcos Terena, coordinador de derechos indígenas de la Fundación Nacional de Indio (Funai), “la fragilidad de la protección a los conocimientos tradicionales genera la biopiratería”.

Marco legal
En el plano nacional, algunos países tienen reglas muy claras de protección del conocimiento tradicional. Costa Rica, por ejemplo, dedicó un capítulo de su Ley de Biodiversidad, aprobada en 1998, a la “protección del derecho de propiedad intelectual e industrial”. Reconoce la existencia y la validez de las formas de conocimiento e innovación y la responsabilidad del Estado en otorgar esa protección. El Registro de Propiedad Intelectual e Industrial, por ejemplo, debe obligatoriamente, consultar a la Oficina Técnica de la Comisión Nacional para la Gestión de la Biodiversidad antes de conceder el registro de propiedad intelectual o industrial a innovaciones que involucren recursos de la biodiversidad.

Ecuador aprobó en 1996 una pequeña ley de protección de la biodiversidad que se limita a declarar que el “Estado ecuatoriano es el titular de los derechos de propiedad sobre las especies que integran la biodiversidad existente en el país”. La explotación comercial estaría sujeta a una reglamentación especial, pero siempre y cuando fueran garantizados los derechos ancestrales de las comunidades indígenas sobre los conocimientos y los componentes intangibles de la biodiversidad. Actualmente se encuentra siendo sometida a debate una propuesta de reglamentación de los derechos colectivos con relación a la biodiversidad, elaborada por la Confederación Nacional Indígena de Ecuador y la ONG Acción Ecológica.

En Perú, un grupo formado por representantes de comunidades indígenas, ONGs y representantes de varios ministerios del gobierno está elaborando un proyecto de ley para regular el acceso a recursos genéticos y proteger los conocimientos tradicionales. El proyecto deberá establecer reglas para la realización de contratos entre comunidades y empresas interesadas en la explotación comercial de dicho conocimiento, y establecer un porcentaje sobre las utilidades generadas por los procesos o productos desarrollados con base en conocimientos tradicionales. Esos recursos integrarán el Fondo de Desarrollo de los Pueblos Indígenas del Perú.

En Brasil, la biodiversidad y los conocimientos tradicionales son protegidos por la Medida Provisoria (decreto por tiempo limitado) número 2.186, de 2001, que condiciona el acceso a los recursos naturales a la autorización por parte el gobierno federal, prevé el reparto de beneficios en caso de uso y comercialización y reconoce el derecho de las comunidades indígenas y locales a decidir sobre el uso de sus conocimientos asociados a recursos genéticos. Otros diversos proyectos de ley sobre el tema se tramitan en el Congreso Nacional, entre éstos el de la senadora Marina Silva (Partido de los Trabajadores-Acre), ya aprobado por el Senado, que establece las condiciones para la autorización del acceso a recursos genéticos nacionales y determina la creación de una Comisión de Recursos Genéticos compuesta por representantes del gobierno, científicos, comunidades indígenas y locales.

Brasil también estudia la sugerencia de la Ompi, ya adoptada por varios países, en el sentido de crear un banco de datos de los conocimientos tradicionales. Graça Aranha evalúa que la catalogación de las informaciones es “una forma clara de cobrar”. No obstante, hace la salvedad de que Brasil ya cuenta con algunas iniciativas de protección de ese conocimiento -“la medida provisoria es un ejemplo de esto”, subraya- y la creación de un banco de datos de esa naturaleza es una medida difícil de implementar, ya que muchos conocimientos “no son solamente de una única tribu”. Y pregunta: “¿Quién va a recibir ese beneficio?”. Y él mismo responde: “La única manera de superar esas dificultades es ampliando el debate”.

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