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DERECHOS HUMANOS 

La maternidad en la cárcel

Un estudio traza un mapa de las irregularidades en la situación de las detenidas embarazadas y con neonatos y presenta propuestas de cambio

Madres detenidas y sus hijos en un presidio modelo en Valencia (Minas Gerais), en el año 2009

Christian Tragni / Folhapress Madres detenidas y sus hijos en un presidio modelo en Valencia (Minas Gerais), en el año 2009Christian Tragni / Folhapress

En los nueve meses que transcurrieron durante la recopilación de datos de la investigación intitulada “Dando a luz a la sombra”, el equipo coordinado por la profesora Ana Gabriela Braga detectó una división en las opiniones de las mujeres encarceladas embarazadas o que tienen hijos en la cárcel. El estudio ‒que no es cuantitativo‒ dejó en claro que parte de las detenidas deseaba mantener los niños en el presidio, al lado de sus madres, mientras que otras preferían su separación, para que los bebés se alejen del ambiente penal. El trabajo indicó que entre las dos opciones más frecuentes en el actual sistema penitenciario brasileño, a ambas se las toma como “menos malas”.

“Hoy en día, casi todos los estados poseen o están construyendo tan sólo un único establecimiento, generalmente emplazado cerca de la capital, con pabellones específicos para gestantes o madres de recién nacidos”, dice Braga, docente de derecho penal en la Facultad de Ciencias Humanas y Sociales de la Universidade Estadual Paulista (Unesp), campus de Franca. Por consiguiente, no se está cumpliendo con el artículo 89 de la Ley de Ejecuciones Penales (LEP), agregado en 2009: “La penitenciaría femenina estará dotada de una sección para gestantes y parturientas y guardería para albergar a los niños mayores de seis meses y menores de siete años, con el objeto de brindarle asistencia al niño desamparado cuya responsable se encuentra presa”. El análisis de todos esos ítems condujo, al finalizar el estudio, a elevar 30 propuestas de políticas públicas en procura de mejorar la situación de constantes violaciones a la ley.

“El problema del ejercicio de los derechos relacionados con la maternidad en el sistema penitenciario no es, la mayoría de las veces, la falta de leyes, sino que es cuestión de cumplir con las existentes”, dice Braga. De las 30 propuestas enunciadas en el estudio, tan sólo cinco dependen de alguna modificación de la legislación vigente, y de ellas, tres son objeto de proyectos de ley en trámite. “El derecho a la educación y al trabajo no está garantizado para todas las detenidas, no hay separación de pabellones entre detenidas con prisión preventiva y condenadas, y el tiempo legal de garantía de permanencia de las madres con sus niños no se respeta”, prosigue la investigadora. “El plazo mínimo de seis meses se toma, en la práctica, como un plazo máximo, porque se necesita dejarle espacio a los recién nacidos”. Ante la ausencia de guarderías, los bebés permanecen en las celdas con sus madres. Cuando se saca al niño de la cárcel, va a parar a albergues o se les entrega a sus familiares, generalmente a la abuela.

La investigación que coordinó Braga se efectuó en el marco del proyecto “Pensando el Derecho”, de la Secretaría de Asuntos Legislativos del Ministerio de Justicia, en colaboración con el instituto de Investigación Económica Aplicada (Ipea). El estudio se llevó a cabo en varios ejes: 50 entrevistas formales con expertos en el tema, 80 charlas con gestantes presas o madres de bebés (basadas en cuestionarios modelo), creación de un grupo focal de debate en el penal de Franca y visitas a presidios femeninos de capitales de seis estados y de Argentina, para escuchar a detenidas y empleados, y verificar las instalaciones. Como conclusión, el trabajo generó “recomendaciones de modificaciones legislativas, procedimentales y propuestas de políticas públicas para minimizar el escenario sistemático de violaciones de derechos al cual se encuentra expuesta la mayoría de las madres en situación de cárcel en Brasil”. Dichas recomendaciones se encuentran en gran parte consignadas en las enmiendas a la LEP, por el Estatuto del Niño y del Adolescente y por las Reglas de Bangkok, un conjunto de indicaciones al respecto del trato a las mujeres encarceladas aprobado en 2010 por las Naciones Unidas y del cual Brasil es signatario.

La población carcelaria femenina viene creciendo significativamente. Según datos que arroja la investigación, mientras el aumento en el ingreso de varones en el sistema penal, entre 2000 y 2012 fue de un 130%,  el incremento entre las mujeres fue del 246%. La cifra absoluta de mujeres presas en 2012 era de 35.072, que correspondía al 6,4% del total de personas encarceladas en Brasil. No se cuenta con estadísticas específicas acerca de la cantidad de niños que están con sus madres dentro del sistema penal, algo que justifica la calificación de “población invisible” que le atribuyen las investigadoras. El perfil de la mayoría de las mujeres en situación penitenciaria se describe en el estudio como “joven, de bajos ingresos, generalmente madre, con prisión preventiva bajo sospecha de crimen relacionado con el tráfico de drogas o contra el patrimonio”.

El hecho de que el tráfico sea considerado como un crimen horrendo por la legislación vigente, se emplea, según las investigadoras, para legitimar una política de encarcelamiento en masa. Que tenga tal calificación no conlleva un impedimento legal para la concesión de la libertad provisional o la reclusión preventiva para acusados o condenados por tráfico, pero según Braga, “la cuestión moral incide sobre las decisiones de muchos jueces, que ven incompatibilidad entre ser traficante y buena madre”. Según Luciana Boiteux, docente de la Facultad Nacional de Derecho de la Universidad Federal de Río de Janeiro (FND-UFRJ), “hay jueces que dictan sentencia basados en argumentos tales como seguridad y protección de la sociedad, en oposición a derechos y garantías previstos expresamente en las leyes”.

“Las mujeres constituyen el blanco más fácil de la política de guerra a las drogas”, dice Braga. “Su puesto dentro del tráfico es subalterno y generalmente está restringido al transporte y guarda de las drogas en el hogar, lo cual les permite conciliar esa actividad con los quehaceres domésticos. Sin embargo, asoman como el extremo visible del crimen organizado, algo que las deja en situación de vulnerabilidad”. En opinión de las investigadoras, las sentencias de prisión preventiva son numerosas porque se basan en el testimonio de los policías que realizaron el allanamiento.

086-088_Maternidade_241Otros de los problemas que se identificaron son la falta de acceso a la educación, que impide el derecho de reducción de penas por estudio, y un acceso precario a la Justicia. “El sistema de defensoría pública es muy frágil, y usualmente las mujeres ni siquiera tienen contacto con los jueces que deciden el destino del niño”, dice Braga. “Resulta común que no sepan dónde se encuentran sus hijos porque no reciben información sobre su destino”. A menudo, según la investigadora, la ausencia de comunicación entre la Justicia Civil, donde cursan los procesos de guarda de los niños, y la Justicia Penal, donde se juzgan los crímenes de los cuales se acusa a las detenidas.

La atención médica de la madre y el niño, prevista y descripta en la LEP y en el protocolo de Bangkok, también falla, según consignan los datos de la investigación. “Todas las entrevistadas denunciaron el menosprecio con el que la actividad se ejerce en el interior del penal”, según el informe final del estudio. “Pese a que las visitas médicas se realizan semanalmente, solamente una detenida por vez, de cada celda, puede consultarlo; y no hay medicamentos específicos para determinadas afecciones, y tampoco para todas las reclusas”.

Esposas
El trabajo intitulado “Mujeres y niños encarcelados”, coordinado por Luciana Boiteux, de la UFRJ, y Maíra Fernandes, presidente del Consejo Penitenciario de Estado de Río de Janeiro, informa que, entre las detenidas en la penitenciaría Talavera Bruce, en Río, son comunes las quejas acerca de que los agentes del servicio penitenciario desconfían de las solicitudes de atención médica o medicamentos. La mayoría de las reclusas (53,7%) declaró que no reciben atención ginecológica. Hubo numerosos relatos de realización incompleta de los exámenes prenatales: algunas tan sólo realizaron ecografía y otras, sólo análisis de sangre y orina. Asimismo, constan denuncias de partos con la detenida esposada. “Nunca se deberían realizar partos dentro de las cárceles, debido a la ausencia de condiciones de higiene y de prestación médica”, dice Boiteux. “En Río de Janeiro, ni siquiera se les permite la compañía de un familiar durante el trabajo de parto”.

Las recomendaciones de la investigación “Dando a luz a la sombra” se resumen de la siguiente forma: Implementación de políticas que contemplen la permanencia del bebé junto a la madre, tendientes a la excarcelación y, en casos de mantenerse la condena, que esa convivencia ocurra en el marco de un ambiente confortable y saludable para ambas partes”. Las investigadoras optaron por una presentación de las propuestas considerando, en todos los casos, la posibilidad de que sean instituidas por el Poder Ejecutivo: toda vez que se trata de la recomendación de implementación o modificación de la ley, proyecto de ley en trámite o elaboración de políticas públicas.

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