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Buenas prácticas

Conflictos de interés más transparentes

Boas Práticas aDANIEL BUENOUn grupo de expertos en informática médica propuso la creación de un registro público mundial de declaraciones de conflictos de interés realizadas por investigadores del área biomédica. Dichas declaraciones, exigidas cuando los científicos presentan un paper ante una revista científica o un proyecto ante una agencia de fomento de la investigación, por ejemplo, señalan las relaciones del autor con partes potencialmente interesadas en la investigación, tales como industrias farmacéuticas o grupos de presión, que teóricamente podrían producir algún sesgo en los resultados. La propuesta del registro mundial aparece en un artículo de revisión en la edición inaugural de la revista Research Integrity and Peer Review firmado por Adan Dunn, editor asociado de la nueva publicación e investigador del Instituto Australiano de Innovación en Salud, y por colegas de la Escuela de Medicina de la Universidad Harvard, en Estados Unidos.

La propuesta se basa en tan sólo cinco premisas. La primera consiste en establecer un compromiso entre agencias de fomento de la investigación científica, empresas y editores de revistas científicas para hacer valer las reglas que ya existen referidas a los conflictos de interés, pero que no siempre se cumplen: en la literatura científica que Dunn cita se estima que entre el 43% y el 69% de los artículos e informes sobre ensayos clínicos contiene fallas en la información sobre conflictos de interés. En el artículo se menciona el ejemplo de la iniciativa ClinicalTrials.gov, que en el año 2000 volvió obligatorio el registro previo de todos los ensayos clínicos realizados en Estados Unidos. Así y todo, la misma sólo se hizo efectiva al cabo de algunos años, cuando las agencias y las instituciones públicas pasaron a controlar el cumplimiento de la medida.

La segunda premisa es la definición de reglas para el suministro y la actualización de las declaraciones, además de un cuerpo de auditores que verifique la autenticidad de los datos. La tercera es la posibilidad de interconectar registros de declaraciones de conflictos de interés disponibles en bancos de datos de revistas científicas, universidades y agencias. Una idea sería adoptar en las declaraciones un sistema eficiente de identificación de investigadores, que podría ser el Orcid, las siglas Open Researcher and Contributor ID (lea en Pesquisa FAPESP, edición nº 238). Tal recurso permitiría visualizar fácilmente todos los conflictos de intereses relacionados con cada autor. La cuarta es la creación de una taxonomía de conflictos, capaz de distinguir entre los diversos tipos de intereses en juego para poder hacerse una idea precisa de sus implicaciones. La quinta comprende el desarrollo de herramientas electrónicas destinadas a completar en forma automatizada las declaraciones con base en la información suministrada previamente.

Dunn y sus colegas admiten que la creación del registro público puede no ser suficiente como para impedir la divulgación de investigaciones sesgadas, pero ayudará a comprender mejor los efectos del problema y dotará de mayor confianza y transparencia al trabajo de los científicos del área biomédica.

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