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Ética

Propiedad intelectual

laurabeatriz

El Consejo Nacional de Desarrollo Científico y Tecnológico (CNPq) reglamentó la adjudicación de derechos sobre las creaciones intelectuales originadas en auxilios y becas concedidos por la agencia, y la participación en las ganancias económicas decurrentes de la exploración de patentes o el derecho de protección. Con esta política, el organismo federal espera promover la protección del conocimiento y la transferencia de productos y procesos obtenidos en el ambiente académico para el sector productivo. De acuerdo con la norma, la titularidad de la patente cabrá a la institución en la cual las investigaciones se realizan, mientras que el CNPq tendrá en la condición de agencia de fomento una participación en las ganancias económicas eventuales resultantes de la exploración comercial de las creaciones protegidas. Segundo el CNPq, diversas modificaciones en el escenario legal y científico brasileño exigían una  actualización y una revitalización de la política de propiedad intelectual de la institución, entre las cuales se destacan la entrada en vigor de la Ley de Innovación y la consiguiente creación de Núcleos de Innovación Tecnológica (NITs) en las instituciones.

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