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DATOS

Gastos tributarios vinculados a la investigación, el desarrollo y la innovación (I+D+i)

  • La exención fiscal reduce la carga tributaria de las empresas y otras organizaciones para promover determinadas prácticas de interés público. Su adopción implica una pérdida de recaudación de impuestos potencial, cuyo cálculo está previsto en lo que se denomina gastos tributarios1. Cuando se considera la trayectoria de esos gastos en comparación con el PIB brasileño de la última década, se observa un aumento significativo hasta 2014 y cierta estabilidad en los últimos años de la serie
  • Los beneficios fiscales para estimular las actividades de I+D+i de las empresas en Brasil está prevista en la Ley del Bien2 y como requisito de contrapartida en el marco de la Ley de la Informática3. En 2019, los gastos tributarios derivados de estos incentivos representaron un 3,1 % del total, que equivale al 0,12 % del PIB, porcentajes menores que los registrados en 2010 (4,5 % y 0,14 %, respectivamente)
  • Los gastos tributarios comprendidos en la Ley del Bien, sistemáticamente menores que los de la Ley de la Informática, perdieron importancia entre 2010 y 2017, una tendencia que solo se revirtió en 2018 y 2019

Notas (1) Como la pérdida de recaudación derivada de los beneficios fiscales no puede observarse directamente, para calcularla deben tenerse en cuenta lo que se denominan supuestos contrafácticos, es decir, hipótesis y criterios para estimar el monto que podría haberse recaudado si esos beneficios no estuvieran en vigencia (2) Ley nº 11.196/2005 (3) Ley nº 8248/1991 y sus modificaciones

Fuentes Receita Federal [organismo tributario] e IBGE, serie histórica IPCA

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