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Buenas prácticas

Un estudio analiza la severidad de las sanciones por mala conducta científica en Estados Unidos

La severidad de las sanciones aplicadas a individuos acusados de mala conducta por la Oficina de Integridad en la Investigación Científica (ORI), que supervisa la investigación financiada con fondos federales en Estados Unidos, ha sido evaluada por un equipo de investigadores que analizó 343 casos juzgados por ese organismo entre 1993 y 2023. Las conclusiones a las que el grupo arribó, publicadas en un artículo en la revista Accountability in Research – Ethics, Integrity and Policy, revelan que la oficina siguió estrictamente las directrices gubernamentales al imponer sanciones a los investigadores que incurrieron en conductas antiéticas. Dentro del conjunto de los datos analizados no se detectó ningún sesgo asociado a cuestiones de género, raza o cargo académico o administrativo de los sancionados.

El tipo de penalización más habitual, presente en el 65 % de los casos, fue la suspensión de la financiación o la exigencia de una supervisión de las investigaciones realizadas por los acusados durante tres años. “Se supone que este es el período estándar de tiempo que puede acarrear dificultades al trabajo de un investigador, sin que ello signifique el final de su carrera”, declaró al sitio web Retraction Watch uno de los autores del estudio, el profesor Ferric Fang, de la Escuela de Medicina de la Universidad de Washington.

Pero ya ha habido al menos un caso en el que al investigador se lo inhabilitó para recibir financiación federal de por vida: en 2019, la médica Erin Potts-Kant, de la Universidad Duke, fue proscrita por falsificar datos en artículos científicos y en informes vinculados a proyectos que sumaban 200 millones de dólares en fondos federales (lea en Pesquisa FAPESP, edición nº 279). Las sanciones superiores a tres años se aplicaron con mayor frecuencia en aquellos casos en los que se les exigió a los investigadores que retractaran o corrigieran sus trabajos defectuosos o cuando hubo agravantes, como intentos de los acusados de interferir en las investigaciones. En cambio, los acusados que admitieron su culpabilidad o habían incurrido en descuidos de menor gravedad, como el plagio, se vieron menos afectados por suspensiones de la financiación, pero estas circunstancias no los ayudaron a aliviar otros tipos de sanciones administrativas, como, por ejemplo, que su trabajo estuviera bajo monitoreo durante un período determinado.

A pesar de la recomendación de que se retractaran decenas de artículos, a la fecha restan 32 que aún no han sido anulados y continúan vigentes. “Esto refleja el hecho de que solamente las revistas pueden retractar los artículos que publican y, desgraciadamente, no todas parecen tomarse en serio esta responsabilidad”, explicó Fang. David Resnik, experto en bioética del Instituto Nacional de Ciencias de la Salud Ambiental, de Estados Unidos, subrayó que, como la literatura no ha sido corregida como se debe, los científicos pueden estar basándose en investigaciones fraudulentas. “Estamos hablando de personas sorprendidas en la comisión de faltas de conducta, sancionadas por sus instituciones y por la ORI y a las que se ha exhortado a que corrijan o retracten sus estudios”.

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